¿Cuánto se lleva Hacienda con la Lotería de Navidad 2024?
A medida que se acerca la Navidad, crece la impaciencia ante los sorteos de la Lotería de Navidad el 22 de diciembre, y El Niño el Día de Reyes. Dos citas marcadas en rojo en el calendario, ya que esos días los ganadores del Gordo de la Lotería abren telediarios y cambian su vida para siempre gracias a los premios de Lotería de Navidad. Pero no podemos pasar por alto que los premios de la Lotería están sujetos a unos impuestos, igual que pasa con los impuestos de la lotería Primitiva, el Euromillón o la tributación de los concursos de la tele.
Tabla de contenidosMostrar
- 1 Cómo tributan los premios de Loterías en España
- 2 Cómo tributa la Lotería de Navidad
- 3 Cómo tributa la Lotería de El Niño
- 4 ¿Hay que declarar los premios de Loterías en la Renta?
- 5 ¿Qué pasa con los décimos compartidos y participaciones?
- 6 ¿Y si el ganador del premio no es una persona física?
- 7 Preguntas frecuentes sobre los impuestos de la lotería
Cómo tributan los premios de Loterías en España
Recurrir al tópico de Hacienda siempre gana no es exagerado. Por una parte, el Estado se queda con los décimos que no se venden, sin olvidar la recaudación por ventas de loterías. Por otra parte, está la tributación de los premios, que ha cambiado. En 2013, en plena crisis económica, el gobierno de Rajoy bajó a 2.500€ la cantidad mínima del impuesto de la Lotería. Sin embargo, esta cifra subió a 10.000€ en 2018, 20.000€ en 2019 y se volvió a doblar el 1 de enero de 2020 manteniéndose inamovible desde entonces. Así, en los próximos sorteos la fiscalidad en premios de Lotería 2024 se aplica a partir de los 40.000€, permaneciendo invariable respecto a los sorteos del año pasado.
De este modo, todos los ganadores de premios superiores a 40.000€ tributarán un 20%, estando libres de impuestos los primeros 40.000€. Este impuesto a la Lotería de 2024 afecta solo a los premios más importantes de los sorteos, y lleva en vigor desde el 1 de enero de 2020. Son los mismos impuestos de lotería al Euromillón, al cupón de la ONCE o a La Quiniela que se han aplicado en los últimos meses. En cambio, si nuestro décimo resulta agraciado con un premio inferior a 40.000€ no tendremos que pagar por él.
Antes de saber cuánto se quedará Hacienda de un premio de lotería, es necesario conocer el total del premio. En el caso del Sorteo de Navidad del 22 de diciembre, solo tienen que “preocuparse” por las retenciones los agraciados con el Gordo, el Segundo Premio y el Tercer Premio, los únicos décimos con premios superiores a 40.000€ que afrontarán una retención del 20%. Eso sí, los ganadores no deberán pagar ningún impuesto o tributo especial, ya que Loterías retiene los premios cuando vamos a cobrarlos. Así, nos pagan el premio neto como vemos en el siguiente cuadro.
Premio al décimo (20€) | Premio neto | Hacienda se queda... | |
---|---|---|---|
Gordo Navidad | 400.000€ | 328.000€ | 72.000€ |
Segundo premio | 125.000€ | 108.000€ | 17.000€ |
Tercer premio | 50.000€ | 48.000€ | 2.000€ |
Cuarto premio | 20.000€ | 20.000€ | 0€ |
Quinto premio | 6.000€ | 6.000€ | 0€ |
A partir del Cuarto y Quinto Premio cobramos el premio íntegro, algo que no siempre ha sido así. De hecho, hasta 2018 los ganadores de estos premios sí que tuvieron que abonar un 20% del premio en retenciones. Lógicamente, si somos agraciados con la pedrea o alguna de las aproximaciones tampoco tendremos que hacer frente a ninguna retención. Esto también incumbe a los décimos compartidos: en el momento de pagar el décimo se aplica la retención, y los jugadores se reparten el premio neto. En otras palabras, la retención se aplica al premio total, no al de cada jugador o participación en el décimo.
Cómo tributa la Lotería de El Niño
A diferencia de lo que ha ocurrido algunos años, cuando los sorteos de Navidad (22 de diciembre) y El Niño (6 de enero) tenían un gravamen diferente al cambiar de año, en esta ocasión los premios continúan sujetos a los mismos impuestos. Así, el Sorteo de El Niño 2025 tiene las mismas retenciones que el Sorteo de Navidad 2024.
Premio al décimo (20€) | Premio neto | Hacienda se queda... | |
---|---|---|---|
Gordo del Niño | 200.000€ | 168.000€ | 32.000€ |
Segundo premio | 75.000€ | 68.000€ | 7.000€ |
Tercer premio | 25.000€ | 25.000€ | 0€ |
Cuarto premio | 350€ | 350€ | 0€ |
Quinto premio | 100€ | 100€ | 0€ |
De este modo, únicamente los dos primeros premios del Sorteo de El Niño están sujetos al gravamen del 20%, ya que el décimo se paga a 200.000€ (Gordo) y 75.000€ (Segundo Premio). El resto de premios están exentos de tributos especiales, pues el Tercer Premio es de 25.000€ al décimo. La leyenda (y los expertos) dicen que es más fácil que nos toque un premio en el sorteo de El Niño que en el de Navidad, ya que hay más premios, pero hay que tener en cuenta que los premios en la rifa de Navidad son más altos. En cualquier caso, la fiscalidad de los premios de Lotería 2024 y El Niño 2025 solo afecta a los tres primeros premios. Otra cosa es lo que pase a la hora de hacer la declaración de la Renta.
¿Hay que declarar los premios de Loterías en la Renta?
Aunque Hacienda se quede el 20% de los premios de Lotería superiores a 40.000€ en el momento del cobro, los agraciados en los sorteos de Lotería deben incluir el premio en la declaración de la Renta. Algo parecido pasa con los impuestos de las apuestas deportivas. Conviene destacar que, pese a esta obligatoriedad, los premios de Loterías no se incluyen en la base general ni en la de ahorro del IRPF de forma que no nos afectan a la hora de pedir ayudas públicas dependientes de los ingresos como becas de estudios o prestaciones de asistencia.
Otro aspecto a tener en cuenta es qué pasa si donamos (o nos donan) parte del premio. De hecho, una de las frases más repetidas entre los ganadores del gordo es “repartirlo entre la familia”, pero en ocasiones lo que parece un bonito gesto con nuestras personas más cercanas nos puede salir caro. No en toda España, pero en algunas comunidades autónomas habrá que pagar el Impuesto de Sucesiones y Donaciones si queremos compartir el premio con un familiar y no podemos demostrar que el décimo ganador es compartido.
Esta es una de las razones por las que, en caso de compartir algún Décimo, debería quedar constancia por escrito de ello. De este modo, evitamos problemas a la hora de cobrar los premios y con Hacienda. Está claro que hasta el momento en que nos toque la Lotería no es una cuestión que nos afecte directamente, pero nunca está de más saber cómo tributan los premios de Lotería y cuánto dinero tendríamos en caso de que la suerte nos acompañe y tengamos un décimo ganador.
¿Qué pasa con los décimos compartidos y participaciones?
Tan habitual es compartir décimos con amigos o familiares como comprar participaciones: empresa, clubs deportivos, asociaciones culturales, comercios... Como decíamos antes, hay que dejar claro quién juega el décimo y en qué proporción lo hace cada uno. No olvidemos que un décimo de lotería es un título al portador, de modo que el premio, legalmente, lo recibe quien lo tiene en su poder. Pero además de para evitar problemas en el reparto, dejar constancia de quién juega también es clave para evitar problemas con Hacienda.
La mejor forma de acreditar que un premio es compartido es ir a cobrarlo todos los ganadores a la vez. Así, la Agencia Tributaria aplicará la norma del 20% en el momento del cobro y todos recibiréis a la vez la parte correspondiente del premio. En cambio, cuando una persona cobra el premio y luego lo reparte entre los ganadores, Hacienda considera que solo hay un ganador -el que ha ido a cobrar el premio-, y el resto de agraciados deberán acreditar el origen del dinero. Entonces se abren tres escenarios:
- Hacienda da por buenas las explicaciones y acepta que el dinero es del décimo premiado.
- Hacienda no se cree la explicación y computa el premio como una ganancia patrimonial que se suma a tus ingresos en la declaración de la renta.
- Hacienda no se cree la explicación y computa el premio como una donación, por lo que tendrás que pagar el Impuesto de Sucesiones y Donaciones.
En estas dos últimas situaciones, tendrás que sumar al 20% que se ha pagado al cobrar el premio lo que nos cobren a través del IRPF o el Impuesto de Sucesiones, por lo que repartir el premio entre los jugadores es un error. Las participaciones no dejan de ser décimos compartidos, donde se indica quién es el depositario y, por tanto, encargado de repartir el premio entre los compradores de papeletas si el número es agraciado. Eso sí, en las papeletas debería figurar que Hacienda se llevará el 20% del premio para evitar problemas en el cobro de papeletas.
Esta situación no es exclusiva de los sorteos extraordinarios de Navidad o El Niño. Si conseguimos ganar a La Primitiva, el Euromillón o La Quiniela jugando entre varias personas, hay que acreditar que se juega de forma conjunta, en especial a la hora de cobrar el premio. Es más, incluso jugando en solitario deberías comunicar en la entidad financiera donde cobres el premio quienes son los titulares antes de cobrarlo para que ninguno tenga problemas con Hacienda a la hora de cobrarlo.
¿Y si el ganador del premio no es una persona física?
Podemos complicar la cosa un poco más si el ganador no es una persona física, sino que tiene forma jurídica de sociedad. Es el caso de las empresas, asociaciones, fundaciones, cooperativas, etc., que tienen obligaciones fiscales distintas a las de cualquier persona física. La cantidad ganada se integra en la base imponible del impuesto de sociedades, descontándose la retención practicada de la cantidad que les resulte a pagar.
Buen articulo pero no del todo exacto. Hacienda se lleva inicialmente ese 20% a partir del 40000€ pero despues se lleva cada año una buena mordida gracias al impuesto patrimonial hasta potencialmente agotar casi todo el premio o llegar al minimo declarable (al final casi el 100% del premio es del estado), es decir como siempre se hace en España se paga 3 veces por lo mismo: cuando compramos el boleto, cuando toca y despues cada año